miércoles, 20 de junio de 2007

Empresa Noruega SN Power transgrede en Chile sus compromisos internacionales y de ética (Hidroeléctricas)

Fuente: http://www.mapuexpress.net/content/publications/print.php?id=703

Empresa de capitales estatales Noruegos, ante los proyectos de centrales hidroeléctricas que pretende ejecutar en territorios de comunidades Mapuche en la zona cordillerana, está transgrediendo diversos instrumentos universales sobre derechos (como el convenio 169 de la OIT, entre otros, operando con un doble estándar ya que sí están asumidos y respetados en su País de origen con los indígenas Sami) y en contra de sus propios compromisos adquiridos ante el pacto global de las Naciones Unidas, en relación a principios de conducta y acción en materia de derechos humanos, trabajo y medio ambiente.

En Noruega, uno de los instrumentos universales, el convenio 169 de la OIT, está aplicado como parte del respeto y reconocimiento del estado a los derechos del Pueblo-Nación indígena Sami que habita en parte de estos territorios. Dicho convenio, es asumido en este País como un tratado de derechos humanos, que se ocupa de los derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos de los SAMI.

Dentro de estos derechos humanos, el convenio N° 169 de la OIT, se consagran entre otros temas:

- El derecho a a sumir el control de sus propias instituciones, formas de vida y desarrollo económico, social y cultural.

- El derecho a mantener y fortalecer sus identidades.

- El derecho a sus tierras ancestrales y recursos naturales.

- Reconocimiento del derecho consuetudinario indígena.

De esta forma, SN Power, una empresa Mixta, de capitales privados transnacionales y del propio estado de Noruega asume un doble estándar en su forma de operar, ya que en su País de origen se somete a los instrumentos y normativas locales e internacionales que reconoce los derechos de los indígenas, sin embargo, al momento de especular y de invertir en otros países actúa desconociendo estos criterios, como ocurre en la naciente Región de los ríos, principalmente en las zonas de Liquiñe y Pellaifa.

En este lugar, conviven comunidades campesinas, Mapuche y una localidad (Liquiñe) que vive del turismo, principalmente de termas. Liquiñe es un área que posee varias alternativas para el desarrollo de actividades termales. El pueblo de Liquiñe tiene aproximadamente 939 há. El lugar está rodeado de bosques, ríos, lugares de caza y pesca, saltos de agua y volcanes cercanos. Al inicio del pueblo se encuentran las Termas del río Liquiñe, ubicados junto al río y cuenta con cabañas, restaurantes, tinas termales, las que tiene alto valor curativo y medicinal.

La empresa SN Power ha señalado que dichas iniciativas no generarán impactos y que por el contrario, traerían grandes beneficios para el sector, asumiendo así un manoseado discurso que han sostenido en reiteradas ocasiones en el devenir histórico diversos gobiernos y empresas privadas al momento de ejecutar sus inversiones y que siempre han traído graves impactos a las comunidades y poblaciones locales. Ver casos de otras experiencias de hidroeléctricas, celulosas, mineras, vertederos, en todas ellas se han referido a mínimos impactos, tecnología de punta y de grandes beneficios, pero la realidad a la postre siempre ha sido distinta.

Según ha señalado la propia empresa, los proyectos de Hidroeléctrica Trayenko contemplan la construcción de bocatomas y embalses de regulación para captar aguas, las que serán conducidas a través de canales y túneles hacia la sala de máquinas, y posteriormente devueltas a las mismas cuencas

Los proyectos que pretende llevar adelante la empresa, lo hace en sociedad con el empresario Gustavo Pavez a través Hidroeléctrica “TRAYENKO” con dos centrales en Pellaifa y Liquiñe, quienes recientemente obtuvieron de La Superintendencia de Electricidad y Combustibles la concesión provisional de los proyectos Hidroeléctricos “Pellaifa” y “Liquiñe” que se ubicarán en la comuna de Panguipulli en la X Región. A esta concesión se suma la entregada en enero pasado para el proyecto Maqueo, ubicado en la comuna de Lago Ranco.

Otra situación grave, son las especulaciones y apropiación de los derechos de agua de la zona, la que por derecho propio pertenecen a las comunidades locales siendo otra transgresión y atropello, a lo que se agrega su contravención a distintos preceptos locales estipulados en la Ley Indígena, ambiental, entre otras..

Las comunidades y poblaciones locales se han organizado a través de un comité contra las hidroeléctricas que de manera firme y categórica han sostenido que no van a permitir la instalación de estas centrales y para este fin se han agrupado en distintos sectores que están bajo amenaza, aunando los esfuerzos junto a otras organizaciones y referentes ciudadanos que quieren una zona libre de centrales hidroeléctricas como ocurre en Panguipulli y Valdivia con respecto a los proyectos de Colbún y Endesa respectivamente.

Las centrales hidroeléctricas, contrariamente a lo que pregonan siempre sus inversionistas, todas, sin excepción, generan impactos y existen antecedentes técnicos que lo demuestran e incluso, en su conjunto, las hidroeléctricas contribuyen al 4 % del calentamiento global. En definitiva, tener más centrales hidroeléctricas es contribuir a aumentar los graves cambios y transformaciones negativas que está sufriendo el planeta, los territorios y los ecosistemas, por ello urge, que aquellos países como Chile que han llevado adelante este tipo de prácticas se replanteen y establezcan nuevas políticas de aprovechamiento ante las diversas alternativas energéticas sustentables que existen, priorizando, primeramente, la necesidad de llevar adelante políticas de ahorro de energía, principalmente hacia sectores industriales que actúan como verdaderas bombas de tiempo por su desproporcionalidad e irracionalidad por el sobre consumo que hacen.

Con respecto a la empresa SN Power, voluntariamente, tendiente a demostrar su responsabilidad social y ambiental, suscribió el año 2004 el pacto global de las Naciones Unidas.

El Pacto Mundial de las Naciones Unidas es una iniciativa de compromiso ético destinada a que las empresas de todos los países acojan como una parte integral de su estrategia y de sus operaciones diez principios de conducta y acción en materia de Derechos Humanos, Trabajo, Medio Ambiente y Lucha contra la Corrupción.

La idea de un Pacto Mundial de las Naciones Unidas en materia de responsabilidad social de las empresas fue lanzada por el Secretario General de la ONU, Kofi Annan ante el World Economic Forum en Davos, el 31 de Enero de 1999.

El Pacto es un instrumento de libre adscripción por parte de las empresas, organizaciones laborales y civiles, que descansa en el compromiso de implantación de Principios del Pacto en su estrategia y en sus operaciones. En este sentido, el Pacto no es ni un instrumento regulador que plantea normas legales de conducta para todas las entidades, ni un instrumento que concede una certificación a aquellas que cumplen con determinados requisitos. La entidad que se adhiere al Pacto asume voluntariamente el compromiso de ir implantando una decena de Principios del Pacto en sus actividades diarias.

¿Cumple SN power cabalmente con este instrumento al que voluntariamente adscribió?, por lo demostrado en Liquiñe y Pellaifa, claramente no es así.

Algunos de los principios transgredidos:

* Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia.

* Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices en la vulneración de los derechos humanos.

* Las empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente.

* Las empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

Las empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

Con su práctica en estas zonas, se encuentra transgrediendo diversas normas internacionales sobre DDHH, como es el convenio de la OIT N° 169, principalmente con respecto al derecho a la consulta; A su relación especial con la tierra y el territorio de las comunidades; El derecho a la propiedad, al territorio y a los recursos naturales, junto a su uso y administración, entre otros derechos fundamentales que la empresa SÍ respeta en su País de Noruega a los pueblos indígenas. Asimismo, se contraviene las recientes recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de marzo de 2007 sobre el pacto de derechos civiles y políticos, que son vinculantes constitucionalmente (artículo 5), que Chile como estado está sometido. El Comité señala en su punto 19 que “las Tierras Antiguas del pueblo mapuche continúan en peligro debido a la expansión forestal y megaproyectos de infraestructura y energía”. Concluye que Chile “debería agilizar los trámites con el fin de que queden reconocidas y resguardadas tales Tierras Ancestrales”.

En un sentido amplio, SN POWER, con la complicidad estatal y en relación al estándar internacional de derechos, atentan al derecho y obligación del consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, para las decisiones de políticas públicas y proyectos relativos a sus territorios y derechos económicos, sociales y culturales.

Atentado a la protección del patrimonio beneficiosos para la humanidad y de los espacios territoriales de carácter espiritual en todo evento.

Viola la obligación de respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los Pueblos indígenas reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan, utilizan o se encuentra firmemente enraizado, de alguna u otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esta relación.

Atenta al Derecho a conservar, restaurar y proteger el medio ambiente de las comunidades, y la capacidad productiva de sus tierras, territorios y recursos e iniciativas sustentables, como el turismo.

A la vulneración de una serie de derechos garantizados en la Convención contra el racismo y discriminación y que afectan a las distintas comunidades mapuche de la zona bajo amenaza, cuyos miembros son discriminados por la política pública del Estado y las políticas económicas del sector privado, producto de lo que Naciones Unidas definió en forma reciente como "prácticas, acciones o inacciones, intencionalmente o no, que agreden el ambiente, la salud, la biodiversidad, la economía local, la calidad de vida y seguridad en comunidades, trabajadores, grupos e individuos basado en raza, clase, color, género, casta, etnicidad y/o su origen nacional. Todo ello está en riesgo con este tipo de proyectos.

Los grupos opositores a la instalación de centrales hidroeléctricas están conminando para que voluntaria, conciente y responsablemente las empresas, como SN POWER, retiren sus proyectos y se asegure a la vez, que no sean otros sectores privados que vengan a reemplazar estas invasiones y transgresiones. “Que SN POWER se vaya, es para que nadie más lo siga y eso le debe quedar claro al estado”, señalan sus detractores que están organizados, quienes agregan que mientras más luego sea, mejor será para la convivencia.

Por: Alfredo Seguel